Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 284966
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 19/02/1924 00:00
INTERDICTOS.

En ellos no procede rendir ninguna prueba sobre propiedad, y la sentencia que en los mismos recaiga, no debe ocuparse de los derechos que sobre propiedad puedan alegar las partes, bajo ninguna de sus modalidades.

Amparo civil directo. Slim Julián. 19 de febrero de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.