Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 284975
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 20/02/1924 00:00
SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO EN EL AMPARO.

La que ordena la fracción III del artículo 35 de la ley reglamentaria, no se refiere al incidente de suspensión, en el cual puede continuarse actuando para resolver lo relativo a la admisión de la fianza y de la contrafianza; ni tampoco debe entenderse tal disposición, en el sentido de que en la remisión de los autos a la Corte, queden suspendidos los de suspensión.

Queja en amparo civil. Estrada Juana. 20 de febrero de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.