Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 284983
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 25/02/1924 00:00
GARANTIAS INDIVIDUALES.

Ni la Constitución, ni las leyes secundarias, han establecido la jurisdicción de las autoridades federales, sobre los delitos que puedan cometerse en relación con las garantías que otorga la Carta Federal; pues, en el fondo, no hay delito que no lesione las garantías individuales, y de tocar aquella jurisdicción a los tribunales federales, tendrían que conocer de todos los delitos que se cometieron en el país, acabando con la soberanía de los Estados y anulando de hecho, a los tribunales locales, que tienen jurisdicción propia, en materia que no se ha reservado expresamente la Federación.

Competencia. Suscitada entre los Jueces, de Distrito de Chihuahua y Segundo de lo Penal del Distrito de Morelos, Chihuahua. 25 de febrero de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.