La jurisdicción del Juez de Distrito no cesa respecto de la suspensión, porque el amparo se encuentre en revisión ante la Corte, pudiendo resolver todo lo relativo a la admisión de la fianza y de la contrafianza, así como a su ejecución.
Queja en amparo civil. Banque Francaise du Mexique. 27 de febrero de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.