El Estado tiene el interés de obtener el aprovechamiento que debe rendir la zona federal, por lo que es improcedente conceder la suspensión que favorezca a los que indebidamente ocupen esa zona.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Pizaña Inocencio y coagraviados. 28 de febrero de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.