Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 284999
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 29/02/1924 00:00
BAJA EN EL EJERCITO.

Es improcedente conceder la suspensión contra la orden que mande que cause baja en el Ejército un individuo que no ha comprobado su carácter militar, porque con ello se perjudicaría a la sociedad y al Estado, haciendo que aquél figure en el escalafón y gravado al erario con el pago de sus haberes.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Espinosa de los Monteros Samuel. 29 de febrero de 1924. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.