Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 285012
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 03/03/1924 00:00
TERCERO PERJUDICADO.

La Ley de Amparo establece que será tenido como tercero perjudicado, en los amparos del orden penal, el que se hubiere constituido parte civil en el proceso, y solamente en cuanto afecte a sus intereses de carácter civil.

Queja en amparo penal. Peñabad Jesús. 3 de marzo de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.