Es inconcuso que las resoluciones relativas a él, afectan los intereses de la parte civil, por lo que ésta debe ser tenida como tercero perjudicado, en los amparos que por motivo de esas resoluciones se enderecen.
Queja en amparo penal. Peñabad Jesús. 3 de marzo de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.