Si la que se reclama en amparo, está comprobada por elementos suficientes, la autoridad federal debe tenerla por cierta, aun cuando esa posesión deba ser discutida ante los tribunales comunes.
Amparo civil en revisión. Castañeda Ezequiel. 11 de marzo de 1924. Mayoría de siete votos. Excusa: Teófilo H. Orantes. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.