Nadie puede ser privado de ellos, sino mediante el juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.
Amparo administrativo en revisión. Burguete J. Ponciano. 15 de marzo de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Salvador Urbina y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.