De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la Ley de Amparo, la suspensión contra esos remates procede mediante fianza que baste para garantizar los intereses fiscales.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. "La Económica", S. A. 20 de marzo de 1924. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.