La moratoria que en esa ley se estableció no obliga al fisco, quien pudo exigir, desde luego, el pago de los adeudos pendientes por contribuciones causadas dentro del régimen del papel, pero sí está obligado a hacer las reducciones establecidas por la Ley de Pagos, de acuerdo con la tabla de equivalencias de la misma.
Amparo administrativo en revisión. Ruiz viuda de Escalona Josefa. 3 de abril de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.