Está fuera de duda que el procurador general de la República y sus agentes son autoridades; pero existen casos en los que el Ministerio Público interviene con el carácter de parte, que ejercita las acciones y derechos que le confiere la ley, y contra dichos actos, el amparo es improcedente, porque no obra como autoridad.
Amparo penal en revisión. The Paris Medicine Company. 8 de abril de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina, Jesús Guzmán Vaca y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.