El reglamento agrario de 10 de abril de 1922, fija el criterio del Ejecutivo respecto de la pequeña propiedad, y designa 150, 250 y 500 hectáreas, según la clase de terreno, en los casos de dotación; respetando las propiedades que, por su naturaleza, representan una unidad agrícola industrial en explotación.
Amparo administrativo en revisión. Gómez Tagle Luz y coags. 11 de abril de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.