Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 285213
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 29/04/1924 00:00
PROPIEDAD.

Si bien es cierto que el artículo 27 constitucional ha establecido, que la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, esa disposición no debe interpretarse en un sentido tan amplio, que hasta los gobernadores de los Estados, sin más freno que su voluntad, puedan imponer esas modalidades; pues es indudable que el Poder Legislativo es el único capacitado para regular tan importante materia.

Amparo administrativo en revisión. "Federico Zorrilla", S. en C. 29 de abril de 1924. Mayoría de diez votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.