Para apreciar si es fundada, deben analizarse las razones expuestas en el fallo que la motiva, y no las que se expresen en el informe rendido por el Juez, porque aquéllas son las que fijan el problema jurídico sujeto al conocimiento de la Corte.
Queja en amparo penal. Fuente Parres Adolfo de la y coag. 3 de mayo de 1924. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.