El aseguramiento de bienes sí afecta los intereses civiles del acusador o denunciante, porque, independientemente del ejercicio de la acción penal, que no le corresponde conforme a los postulados de la Constitución, puede ejercitar diversas acciones, sobre el objeto, materia del aseguramiento, que tienden a hacer efectiva la responsabilidad civil que representa.
Queja en amparo penal. "Trápaga y Compañía Sucesores". 4 de junio de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Ricardo B. Castro, Teófilo H. Orantes y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.