La ley, al establecerla, quiere que se obligue a pagarlas al que sucumba en el juicio ya sea porque no pruebe su acción, o porque no justifique su excepción y equivale a condenar al actor a la pérdida de su acción cuando se absuelve al demandado.
Amparo civil directo. Cervecería "Cuauhtémoc", S. A. 7 de junio de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.