Su constitucionalidad está supeditada a las determinaciones que les dieron origen, y si éstas fueron reclamadas en la vía de amparo y nulificadas por el mismo, las sentencias carecen de base.
Queja en amparo civil. Muñoz Miguel. 11 de junio de 1924. Mayoría de diez votos. Disidente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.