Para decidir sobre ella, los Jueces de Distrito se basarán en los datos que arroja el auto de formal prisión, pues las excluyentes o atenuantes que el inculpado alegue, sólo pueden ser tomadas en cuenta en la sentencia definitiva, así como todas las pruebas que tiendan a fijar el grado de responsabilidad del inculpado.
Amparo penal en revisión. Franco Eleuterio. 12 de junio de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.