Si en ellas no se expresa de modo terminante, que un hecho es requisito indispensable para su validez, no es bastante cualquiera otra prueba para sostener que exista tal condición jurídica.
Amparo civil directo. Márquez Fidencio G. y coagraviado. 14 de junio de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Leopoldo Estrada, Jesús Guzmán Vaca, Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.