Es requisito indispensable para concederla, que los perjuicios que se causen al agraviado, con la ejecución del acto que se reclama, sean de difícil reparación, y sin que deban de tomarse en cuenta los perjuicios de orden moral, para decidir sobre la procedencia de la suspensión.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Compañía Mexicana Holandesa "La Corona", S. A. 13 de junio de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Leopoldo Estrada, Ricardo B. Castro, Ernesto Garza Pérez, Francisco M. Ramírez y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.