Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 285365
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 27/06/1924 00:00
DERECHOS POLITICOS.

Aunque se ha establecido jurisprudencia respecto de que por la violación de los derechos políticos no cabe el amparo, si aquella puede involucrar la de garantías constitucionales, y de los términos mismos de la demanda no se desprenden motivos de improcedencia debe dársele entrada.

Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia. Alcocer Antonio y coags. 27 de junio de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez, Teófilo H. Orantes y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.