Las excusas que reglamenta el artículo 36 del la Ley de Amparo, se refieren a los Jueces de Distrito que han de fallar en definitiva el juicio constitucional.
Amparo administrativo. Borrego Demetrio y coagraviados. 21 de agosto de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.