Aun cuando se consienta el embargo, no por esto puede presumirse consentido el remate, porque son actos distintos.
Amparo administrativo en revisión. Manzanera Crispiniano y coagraviado. 23 de agosto de 1923. Mayoría de seis votos, en cuanto al primer punto resolutivo y por mayoría de diez votos, respecto del segundo. Disidentes: V. Pimentel, Manuel Padilla, Sabino M. Olea, Leopoldo Estrada, Ricardo B. Castro y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.