Como su finalidad es resolver el problema agrario, es procedente negar la suspensión cuando, al aplicarla se afecten los terrenos incultos, pues la sociedad está vivamente interesada en la mayor productibilidad de la tierra, pero sin perjuicio de que se apliquen los reglamentos de montes y bosques, en su caso.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. López Nicolás A. 24 de agosto de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.