Siendo el efecto jurídico de toda sentencia que concede el amparo, la restitución de las cosas al estado que tenían antes de la violación reclamada, es procedente admitir la contrafianza, cuando el acto reclamado es un remate, puesto que dicha contrafianza asegura los derechos del quejoso, si se le concede la protección federal.
Queja en amparo civil. Vega Sixto de la. 29 de agosto de 1923. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.