Sólo se admiten como prueba, mientras no sean desvirtuadas por otras más eficaces.
Amparo administrativo en revisión. Fulcheri Manuel. 20 de septiembre de 1923. Unanimidad de diez votos. El Ministro Leopoldo Estrada no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.