La jurisprudencia de la Corte, respecto de su facultad de legislar, en lo que se refiere a presupuestos municipales, no puede hacerse extensiva a otros casos.
Amparo administrativo en revisión. Fulcheri Manuel. 20 de septiembre de 1923. Unanimidad de diez votos. El Ministro Leopoldo Estrada no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.