La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene atribuciones para dictar las medidas que estime conducentes, a fin de que la administración de justicia sea expedita; y por esta razón ha establecido que su presidente acuerde, diariamente, todos los asuntos de trámite, con los cuales se dará cuenta al Pleno, sólo cuando los mismos sean delicados o trascendentales, o cuando sean reclamados por los quejosos.
Amparo civil directo. Revisión del auto de presidencia que desechó por extemporánea la demanda. Guerrero Wenceslao. 27 de septiembre de 1923. Resolutor: Francisco Modesto Ramírez.