Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 285607
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 29/09/1923 00:00
IMPROCEDENCIA.

Cuando sea alegada por las partes en el juicio de amparo, debe ser estudiada previamente.

Amparo civil en revisión. Priego Otilio. 29 de septiembre de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.