Para dictarla, el artículo 16 de la Constitución no exige que se reciban antes, todas las pruebas que pretenda rendir el inculpado, quien tiene su derecho expedito para presentarlas durante el término de la instrucción.
Amparo penal en revisión. Jalife Rachid. 2 de octubre de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.