Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 285630
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 02/10/1923 00:00
CORRECCIONES DISCIPLINARIAS.

Si bien es cierto que la Ley de Amparo faculta a los Jueces de Distrito, para multar a las autoridades que no cumplan con la obligación de expedir a los interesados las copias que pidieron, para exhibirlas como prueba en el amparo, también lo es que tal sanción se ha de hacer efectiva en casos justificados, y no basándose en el simple dicho de una de las partes interesadas.

Queja en amparo administrativo. Comisión Nacional Agraria. 2 de octubre de 1923. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.