Sólo puede considerarse así a los acusadores o denunciantes, por lo que toca a los actos que afecten sus intereses civiles, y si se hubieren constituido parte civil en el proceso.
Queja en amparo penal. Balmori Fernando. 3 de octubre de 1923. Mayoría de seis votos. Los Ministros V. Pimentel y Leopoldo Estrada no votaron en este asunto. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.