Como su finalidad es resolver el problema agrario, que es de interés público, es improcedente la suspensión cuando se trata de aplicar la referida ley.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Degollado Emiliano. 5 de octubre de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros V. Pimentel, Ricardo B. Castro y Gustavo A. Vicencio no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.