Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 285644
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 06/10/1923 00:00
LEY AGRARIA.

Aun cuando la aplicación de sus disposiciones ha sido considerada, en general, como de interés público procede conceder la suspensión contra la aplicación de esa ley, cuando los interesados tienen a su favor un fallo del presidente de la República, que declare no haber lugar a la restitución que se solicite; pues con ello no se causa perjuicio a la sociedad, que está interesada en que se respeten los fallos presidenciales en materia agraria; y así en tales casos, debe concederse la suspensión mediante fianza, para garantizar los perjuicios que pudieran causarse a tercero.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. M. Elsasser y Compañía y coagraviado. 6 de octubre de 1923. Mayoría de nueve votos. El Ministro V. Pimentel no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.