No puede ser reputado como tal, quien carece de las atribuciones, prerrogativas, obligaciones, etcétera que caracterizan a las personas que ejercen funciones públicas.
Amparo administrativo en revisión. Compañía Agrícola Tepiqueña, S.A. 11 de octubre de 1923. Mayoría de cinco votos. Los Ministros Victoriano Pimentel y Leopoldo Estrada no intervinieron en la resolución de este asunto. Disidentes: Manuel Padilla, Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.