Su valor y fuerza subsisten y deben ser reconocidos mientras no se destruyan por otras pruebas que tengan fuerza legal para ello.
Recurso de súplica. Compañía Mexicana Molinera de Nixtamal. 22 de octubre de 1923. Unanimidad de diez votos. Ausente: Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.