Por ellos debe entenderse toda acción que se encamine a la organización de los poderes públicos, a la conservación de los mismos, o a la de su funcionamiento, todo acto que tienda a establecer esos poderes, impedir su funcionamiento, o destruir la existencia de los mismos, o su funcionamiento, son actos que importan derechos políticos.
Amparo administrativo en revisión. Sánchez José María. 26 de octubre de 1923. Mayoría de ocho votos. Ausente: Victoriano Pimentel. Disidentes: Sabino M. Olea y Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.