Debe declararse infundada, si el quejoso no justifica que la autoridad de quien se queja, se ha extralimitado en la aplicación de la ley.
Queja en amparo administrativo. Romo Vivar viuda de Ahumada Jesús y coquejoso. 7 de noviembre de 1923. Unanimidad de once votos, en cuanto a la resolución sobre la nulidad de actuaciones y mayoría de ocho, respecto a la procedencia de la queja. Disidentes: Victoriano Pimentel, Manuel Padilla y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.