Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 250377 de 260025
Tesis
Registro digital: 285743
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 07/11/1923 00:00
QUEJA.

Debe interponerse dentro del plazo de los tres días prevenidos por el artículo 23 de la Ley de Amparo, so pena de ser desechada por extemporánea.

Queja en amparo administrativo. Romo Vivar viuda de Ahumada Jesús y coquejoso. 7 de noviembre de 1923. Unanimidad de once votos, en cuanto a la resolución sobre la nulidad de actuaciones y mayoría de ocho, respecto a la procedencia de la queja. Disidentes: Victoriano Pimentel, Manuel Padilla y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.