El artículo 586 del Código Federal de Procedimientos Civiles, fija un procedimiento especial para obtener la reparación de los agravios que pueda ocasionar una corrección disciplinaria, por lo cual es improcedente la queja contra las mismas.
Queja en amparo administrativo. Morales Francisco. 7 de noviembre de 1923. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.