Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 285751
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 09/11/1923 00:00
CONTRATOS PARA EL PAGO DE CONTRIBUCIONES.

En los que celebra el gobierno, el mismo tiene el carácter de parte, y no puede, legalmente, desconocer por sí y ante sí dichos contratos, lo que sólo conceptúa a la autoridad judicial, en el juicio previo que exige el artículo 14 de la Constitución, como lo ha sostenido la Suprema Corte en diversas ejecutorias, porque nadie puede ser privado de sus bienes sino mediante juicio seguido ante los tribunales competentes, en el cual pueda ser oído en defensa de sus intereses.

Amparo administrativo en revisión. "La Isleta", S.A. 9 de noviembre de 1923. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Ernesto Garza Pérez, Salvador Urbina y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 611, décima tesis relacionada con la jurisprudencia 356, de rubro "CONTRATOS CELEBRADOS POR EL GOBIERNO FEDERAL, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL INCUMPLIMIENTO DE LOS, POR PARTE DEL GOBIERNO .".