El amparo que se endereza contra la aplicación de una ley, debe representarse contando el plazo legal desde el momento en que la ley se aplicó.
Amparo administrativo en revisión. "La Isleta", S.A. 9 de noviembre de 1923. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Ernesto Garza Pérez, Salvador Urbina y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.