Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 285761
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 13/11/1923 00:00
PERSECUCION DE LOS DELITOS.

La persecución de los delitos incumbe al Ministerio Público y a la Policía Judicial; y si no existe acusación por parte del Ministerio Público, la pena que se imponga, importa una violación del artículo 21 constitucional.

Amparo penal directo. Curtis y Amarillas Mario. 13 de noviembre de 1923. Unanimidad de diez votos. Ausente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.