Es inconstitucional que las autoridades judiciales persigan los delitos de oficio, porque, conforme al artículo 21 de la Carta Magna, es indispensable que medie la acusación del Ministerio Público.
Amparo penal en revisión. Reyes Marcos E. 13 de noviembre de 1923. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.