Hacen prueba plena, conforme a lo dispuesto por el artículo 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Federico Zorrilla, S. en C. 14 de noviembre de 1923. Unanimidad de diez votos. El Ministro Gustavo A. Vicencio no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.