La negativa a decretar el sobreseimiento, no puede fundar el recurso de queja, porque en cualquier estado del juicio puede decretarse el sobreseimiento, y resolverse en ese sentido en la sentencia definitiva, y aun cuando el Juez a quo no lo decrete, puede repararse el perjuicio en segunda instancia mediante el recurso de revisión.
Queja 222/22.—Aachen und Münich, S.A. Compañía de Seguros Contra Incendio.—17 de octubre de 1923.—Mayoría de ocho votos.
Queja 101/23.—Sánchez Gavito Manuel.—2 de enero de 1924.—Unanimidad de nueve votos.
Queja 112/23.—Gobernador de Tlaxcala y otras autoridades.—28 de enero de 1924.—Unanimidad de diez votos.
Queja 190/23.—Gobernador de Querétaro.—20 de febrero de 1924.—Mayoría de diez votos.
Queja 11/24.—Agente del Ministerio Público del Juzgado Primero Numerario de Distrito del Distrito Federal.—25 de febrero de 1924.—Mayoría de ocho votos.
Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Tesis Históricas, página 780, Pleno, tesis 198 (H).
Nota: Histórica conforme a la nota genérica 2.