Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
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Mostrando solo tesis del 13/08/2020
Tesis
Registro digital: 171225
脡poca: Novena 脡poca
Materia(s): Civil
Tesis: 1a./J. 141/2007
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Jurisprudenciales
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n
Publicaci贸n: 13/08/2020 00:00
CITACI脫N PARA SENTENCIA EN MATERIA MERCANTIL. ANTE LA OMISI脫N DEL JUEZ DE DICTAR EL AUTO RESPECTIVO, LAS PARTES TIENEN QUE EXIG脥RSELO, SO PENA DE QUE OPERE EL PLAZO PARA LA CADUCIDAD.

Conforme al art铆culo 1407 del C贸digo de Comercio, presentados los alegatos o transcurrido el t茅rmino para ello, previa citaci贸n y dentro del t茅rmino de ocho d铆as, se pronunciar谩 la sentencia, independientemente de que las partes lo pidan o no. Esto no significa que la actividad de los contendientes culmina con la formulaci贸n de los alegatos, dados los t茅rminos precisos del segundo p谩rrafo del art铆culo 1076 del mismo ordenamiento, que dispone que la caducidad de la instancia opera de pleno derecho, cualquiera que sea el estado del juicio, desde el primer auto que se dicte en el mismo y hasta la citaci贸n para o铆r sentencia. De esta disposici贸n se sigue que la carga de las partes de dar impulso al procedimiento, so pena de que caduque la instancia, no cesa con la formulaci贸n de los alegatos, sino que contin煤a en tanto el juez no dicta el auto de citaci贸n para sentencia, de manera que si dicho funcionario no lo emite, las partes deben exigirlo.

Contradicci贸n de tesis 68/2007-PS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del D茅cimo Quinto Circuito y Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito. 22 de agosto de 2007. Cinco votos. Ponente: Jos茅 de Jes煤s Gudi帽o Pelayo. Secretario: Miguel Bonilla L贸pez.


Tesis de jurisprudencia 141/2007. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesi贸n de fecha veintinueve de agosto de dos mil siete.


Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicci贸n de tesis 153/2020 en la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de presidencia de 13 de agosto de 2020.