Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 171313
Época: Novena Época
Materia(s): Laboral
Tesis: XVII.1o.C.T.36 L
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 09/09/2020 00:00
RENUNCIA. CUANDO A SIMPLE VISTA ES EVIDENTE SU ALTERACIÓN ES INNECESARIA LA RENDICIÓN DE UN DICTAMEN PERICIAL PARA DEMOSTRARLA.

Si del texto del documento que contiene la renuncia se advierte a simple vista su alteración, es innecesaria la rendición de un dictamen para demostrarla, ya que la prueba pericial resulta indispensable cuando se trate de discernir un punto que requiera de conocimientos sobre cuestiones relativas a alguna ciencia, técnica o arte, en términos del artículo 821 de la Ley Federal del Trabajo, pero no cuando la alteración es tan evidente que basta observar el documento para detectar vestigios manifiestos de ello, como pueden ser: trazos de otras palabras o números que pudieran ser indicativos de que previamente se había asentado otra palabra o número.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo directo 244/2007. Alicia Solís Gámez. 28 de junio de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Ignacio Rosas González. Secretario: Óscar Arturo Andujo Sosa.


Nota: Por ejecutoria de fecha 9 de septiembre de 2020, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 213/2019 en que participó el presente criterio.